POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL CALENDARIO ACADÉMICO PARA El. AÑO l,ECTIVO 2012 EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCAIIVOS OFICIALES DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, BASICA y MEDIA DEL DEPARTAMENTO DE CALDAS
RESUELVE
ARTíCULO 1: Periodos Semestrales. Las cuarenta (40) semanas lectivas de trabajo con los estudiantes se distribuirán en los dos semestres del año escolar 2012 de acuerdo con las siguientes fechas:
Primer período semestral: Del 23 de enero al 30 de marzo de 2012 (10 semanas) y del 9 de abril al 15 de junio de 2012 (10 semanas).
Segundo Periodo Semestral: Del 9 de julio al 14 de septiembre de 2012 (10 semanas) y del 17 de Septiembre al 30 de noviembre de 2012 (10 semanas).
ARTICULO 3: Vacaciones de directivos docentes y docentes. Las siete (7) semanas de vacaciones a quien tiene derecho los directivos docentes y docentes al servicio oficial, serán las siguientes:
Del 2 de enero al13 de enero de 2012 (dos semana)
Del 18 de junio al 29 de junio de 2012 (dos semanas)
Del 1O de diciembre de 2012 al 31 de diciembre de 2012 (tres semanas)
ARTICULO 5: Receso Estudiantil. Las doce (12) semanas calendario de receso estudiantil se distribuirán así:
Del 2 de Abril al 6 de Abril de 2012 (una semana)
Del 19 de Junio al 5 de julio de 2012 (tres semanas)
Del 8 de octubre al 12 de octubre de 2012 (una semana)
Del 3 de Diciembre de 2012 al 18 de enero de 2013 (siete semanas).
José Gilberto Posada García
Secretario de Educación del Departamento de Caldas
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